En consecuencia de lo expuesto anteriormente, ésta Jueza Unipersonal Nº 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos: LUIS ALBERTO BRACAMONTE AGUDELO y DELIA ROSA ZAMBRANO CABALLERO ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos, según consta en Acta de Matrimonio número cincuenta y cinco (55) de fecha veintisiete (27) de septiembre de mil novecientos noventa y uno (1.991), por ante la Prefectura del Municipio Monseñor Alejandro Fernández Feo en el Estado Táchira. Y ASI SE DECLARA.
En relación a: SANDRA YAXSURY y LISBETH YIRLANDY BRACAMONTE ZAMBRANO de 12 y 10 años de edad respectivamente, la Patria Potestad, la Guarda, la Obligación Alimentaria y el Régimen de Vi.....