Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar Undécimo de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por el Ciudadano Teniente Coronel LUIS JAVIER SOLORZANO GONZALEZ, Fiscal Militar Trigésimo Primero de San Cristóbal y del Defensor Público Militar Primer Teniente BENERANDA MOLINA RANGEL; TERCERO: SE IMPONE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS al SARGENTO SEGUNDO DORKYS YOSELIN PEREZ JAIMES, titular de la cédula de identidad Nº V-19.769.034, quien fuera plaza para el momento en que ocurrieron los hechos de la 2001 Compañía de Comando del Cuartel General de la Zona de Defensa Integral Sur, por la presunta comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 Ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar; las medidas cautelares establecidas en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Pena.....