Que la causa que se sustancia ante este Juzgado se recibió para su admisión el 28 de junio de 2006, en consecuencia se niega la acumulación de las causas AP21-L-2006-2377; AP21-L-2006-2376; AP21-L-2378; AP21-L-2006-2367 al expediente AP21-L-2006-2860.
La Juez
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Norialy Romero
"2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR"