PRIMERO: CON LUGAR la RECUSACIÓN propuesta en fecha seis (06) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), por los abogados en ejercicio Carlos Luis Araujo Méndez y Víctor Ávila González, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, ciudadano ERICK FEDERICO MUJICA CASANOVA y la sociedad mercantil GRANJA MARINA SAN MIGUEL, C.A., contra la Dra. ISMELDA RINCÓN OCANDO, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Superior Segundo en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: Se ORDENA al JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, que se desprenda del conocimiento de la incidencia que por TACHA INDICENTAL sigue el ciudadano ERICK FEDERICO MUJICA CASANOVA y la sociedad mercantil GRANJA MARINA SAN MIGUEL, C.A., contra el ciudadano RAFAEL ENRIQUE VIDAL, todos plenamente identificados en actas.
TERCERO: NO HA LUGAR a la imposición d.....