declara INCOMPETENTE por el TERRITORIO y DECLINA la competencia en el Juez (A) Coordinador del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; para que en aplicación del principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, proceda a continuar con la sustanciación de la presente causa, en el estado en que se encuentra.