Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional declara: ÙNICO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional, intentada por la ciudadana MARÍA ERNESTINA CACUA MORENO contra FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE LA UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR (FONJUSB) en consecuencia se ordena a esta última a dar cumplimiento al acta Administrativa signada con el Nº 00224-10 de fecha 21 de mayo de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, en los mismos términos expuestos en dicha acta, con el expreso mandamiento que el presente dis.....