declara:
1.- IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar solicitada por el querellante.
2.- ADMITE la querella funcionarial interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por la ciudadana SONIA MARVELIS TERAN DE PEREZ, portadora de la cedula de identidad Nro. 7.309.461, debidamente asistida por la abogada MAYERLY KARINA FOUCAULT MONTERREY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.929 mediante la cual solicita la restitución en el cargo que venía desempeñando en la Universidad Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana, es decir el de Coordinadora Permanente de la Dirección de Desarrollo Docente de esa casa de estudios.