Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara la PÉRDIDA DEL INTERÉS Y COMO CONSECUENCIA EL ABANDONO DE TRÁMITE en el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Carmelo de Grazia Suárez, Horacio de Grazia Suárez y Pamela Alexandra Quiroz, Inpreabogado Nros. 62.667, 84.032 y 72.055, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, contra la Providencia Administrativa Nº 82/05, dictada en fecha 26 de abril de 2005 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS.