Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Estadal Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la OPOSICIÓN formulada por la abogada SAHIMAR YELISBETH TORRES SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.601, en su carácter de apoderada judicial del Ministerio Público, a la Medida Cautelar de Amparo constitucional acordada en fecha 29 de noviembre de 2017.
SEGUNDO: SE RATIFICA la medida cautelar de Amparo Constitucional decretada el 29 de noviembre del 2017, en los términos expuestos en la presente motiva.
TERCERO: ORDENA al organismo querellado de cumplimiento cabalmente con el pago de los sueldos dejados de percibir y demás beneficios correspondientes", desde la fecha de su remoción y retiro, esto es, el 29 de agosto de 2017, hasta la fecha en que cesó la protección por fuero m.....