En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN dicha transacción en los términos en que fue expuesto, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia, se dará por terminado el presente expediente, una vez venza el lapso para ejercer recursos sobre la presente decisión. En relación a la solicitud de copias certificadas este juzgado las acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 21 numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, instando a las partes a consignar los fotostatos correspondientes. Así se decide. Cúmplase lo ordenado..."
ABG. ELKA LEANIVIS
LA JUEZA