D I S P O S I T I V A
Por todo los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Militar Tercero de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley, DECLARA PRIMERO: Con respecto a la solicitud realizada por el Ministerio Público Militar, atinente a: "solicita el sobreseimiento de la causa, iniciada por la presunta comisión del delito militar de IMPEDIR U OBSTACULIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE UN TRIBUNAL MILITAR, donde se encuentra como presunto imputado el ciudadano: Coronel RAMON ENRIQUE FIGUERA VELAZCO, titular de la cédula de identidad No 6.392.518, plaza de la Escuela Superior de Guerra Conjunta del Ejército Nacional Bolivariano de Venezuela, al estar llenos los extremos del artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, es todo..."(SIC); y en virtud de lo expresado por la Víctima en audiencia el Mayor MARIANO MOSQUERA UGARTE; la misma se declara CON LUGAR, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIM.....