En razón de lo anteriormente expuesto visto que resulta imposible la tramitación de este recurso debido a que no hay un desarrollo de la acción principal debe forzosamente declararse ininteligible el escrito libelar presentado y como consecuencia de ello sobreviene la declaratoria de INADMISIBILIDAD del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la Abogada Ut Supra señalada, en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano GIMER JOSE GUERRERO MACERO Ut Supra identificado, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO MURANDA, por destitución, de conformidad con el articulo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y así se decide.