En base a los fundamentos de hecho y de derecho previamente explanados, es por lo que este Tribunal Militar Tercero de Control de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de los ciudadanos SM3 RONALD JOSE BELISARIO SOTO y S1 JOSE DANIEL MENESES FELIZ , titulares de las cédulas de identidad No. V.-17.255.066 y V-25.227.408 respectivamente, a quiénes se le sigue causa por la presunta comisión del delito militar de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en el artículo 519 y 520 del Código Orgánico de Justicia Militar. Hizo acto de presencia el ciudadano Juez Militar; quedando exento de toda responsabilidad penal, sólo en lo que al presente hecho se refiere; asimismo, se decreta el CESE INMEDIATO de las medidas a las que fuera sometido los prenombrados ciudadanos. Y ASÍ SE DECIDE.