Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Segundo de Control con sede en la Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud efectuada por el Ministerio Público Militar, y la Defensa relacionada con la IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor de la ciudadana S ALISTADO ARAUJO COLMENARES DIEGO, titular de la cédula de identidad Nº V-18.693.631, plaza del Destacamento de Apoyo de la Guardia Nacional Bolivariana, quien se encuentra presuntamente incursa en el delito militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo 523, 527 en su numeral 1º y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, en consecuencia deberá cumplir con las siguientes obligaciones: Presentarse ante este Tribunal Militar, cada treinta (30) días y si esa día es feriado el día hábil anterior. Así se decide. SEGUNDO: Se deja sin efecto la Orden de Ap.....