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Decisiones del dia 10/02/2010 |
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N° Expediente :
AP21-R-2009-001764
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N° Sentencia :
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Fecha: 10/02/2010 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: MARLENE CARABALLO DE MENCIAS EN CONTRA DE LA EMPRESA CISCO SYSTEMS VENEZUELA, C.A. |
Resumen:
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación formulado la representación judicial de la empresa demandada CISCO SYSTEMS VENEZUELA, C.A., contra el auto dictado en fecha 01 de diciembre de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el cual emitió pronunciamiento de las pruebas promovidas por la parte demandada. Todo en el juicio seguido por la ciudadana MARLENE CARABALLO DE MENCIAS en contra de la empresa CISCO SYSTEMS VENEZUELA, C.A. SEGUNDO: Se confirma el auto recurrido. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte demandada recurrente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPI.....
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Juez/Ponente:
Felixa Hernandez
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Organo:
Juzgado Quinto Superior Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2009-004217
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N° Sentencia :
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Fecha: 10/02/2010 |
Procedimiento: Calificación De Despido |
Partes: ZULEIMA MARBELYS ZAMBRANO MACHADO CONTRA LA EMPRESA CENTRO ESTÉTICO AURAS 33 C.A |
Resumen:
CON LUGAR la demanda por solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana ZULEIMA MARBELYS ZAMBRANO MACHADO contra la empresa CENTRO ESTÉTICO AURAS 33 C.A., ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a reenganchar a la actora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía para el momento de su ilegal despido, con el cargo de Estilista, y el pago de sus salarios caídos dejados de percibir, con base a un salario mensual de Bs.F 3.000,00 lo que equivale a un salario diario de Bs.F 100,00, incluyendo los aumentos decretados por el Ejecutivo Nacional, de ser el caso y los acordados por contratación colectiva si los hubiere, calculados a partir de la fecha del despido (06 de agosto de 2009) hasta la fecha de la efectiva reincorporación de la actora a sus labores habituales o la oportunidad en que la parte demandada insista en el despido, tomando en consideración criter.....
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Juez/Ponente:
Marianela Melean
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Organo:
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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