-III-
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO siguen los ciudadanos Beatriz María Blanco Solórzano y Félix Alberto Blanco Solórzano contra la Sociedad de Comercio MAKY MAX, C.A., y el ciudadano ANTONIO ONORI FEDERICI, ambas partes identificadas con anterioridad, signado con el expediente No. AP31-V-2011-002458 de la nomenclatura particular de este Despacho, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el Artículo 265 eiusdem.
Así mismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda la devolución d.....