DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el Estado Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta: PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud realizada por la Defensa Pública en relación al sobreseimiento de la causa seguida en contra del ciudadano EX DISTINGUIDO MARINO SÁNCHEZ PEÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-23.499.828, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el representante de la vindicta pública debe practicar una serie de Diligencias y Experticias, necesarias a los fines de poder determinar la responsabilidad penal del imputado en los hechos que se le atribuyen. SEGUNDO: CON LUGAR, la solicitud del Fiscal Militar Auxiliar Trigésimo Cuarto de Mérida, en consecuencia se mantiene la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano EX DISTINGUIDO MARINO SÁNCHEZ PEÑA, titular .....