DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Segundo de Control con Sede en Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el sexto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: El cese inmediato de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad ordenada en fecha 24 de septiembre de 2012, contra el ciudadano S/2do APONTE SANCHEZ ANDI GUSTAVO, sobre quien cursa investigación penal, por la presunta comisión del delito de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523, 527 y sancionado en el articulo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de imposición de la medida cautelar sustitutiva solicitada por el Ministerio Público Militar, acordándose las previstas en los ordinales 2º y 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia el ciudadano .....