PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento efectuado por el abogado en ejercicio, Eddy Urdaneta Meléndez, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MULTI SUMINISTROS NACIONALES, COMPAÑÍA ANONIMA, (MULTISUCA), en fecha cuatro (04) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), en lo que respecta al recurso de apelación planteado en fecha dieciocho (18) de agosto de dos mil veinticuatro (2023), en contra de la sentencia No. 139-24, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de fecha dieciséis (16) de julio de dos mil veinticuatro (2024), que NEGÓ la medida cautelar de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles, acciones en sociedades mercantiles, acreencias o créditos que existan a favor de la parte demandada Sociedad Mercantil SOLINCA, de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264 y 154 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas deb.....