SEXTO: Escuchada la admisión de los hechos por parte del imputado SARGENTO SEGUNDO DANIEL ENRIQUE RIVAS BAYUELO, titular de la Cédula de Identidad N° 23.502.901, este Tribunal Militar de conformidad con lo establecido en los artículos 375 del Código Orgánico Procesal Penal se procede a CONDENAR al imputado SARGENTO SEGUNDO DANIEL ENRIQUE RIVAS BAYUELO, titular de la Cédula de Identidad N° 23.502.901, por la comisión del delito militar de: DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 2º, y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN así como las penas accesorias establecidas en el artículo 407 numerales 1º, 2º y 3 del Código Orgánico de Justicia Militar. SÉPTIMO: CON LUGAR la solicitud de copias certificadas de la causa realizada por la defensa pública militar en fecha 29 de Septiembre del 2014 mediante Oficio Nº 293-14. OCTAVO: Se ACUERDA que en virtud de la admisión de los hechos realizada por el ciudada.....