Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE LA solicitud de la abogada DELIA NUÑEZ, I.P.S.A Nro. 74.314 actuando como defensora privada del penado GUSTAVO JAVIER MERCADO MENDEZ identificado con cédula de identidad Nro. 18.862.367, actualmente recluido en el centro Penitenciario de Uribana, quien cumple condena de DIEZ AÑOS DE PRISION, por el delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO, tipo delictual excluido del otorgamiento de beneficio procesal o formula alternativa de cumplimiento de pena, a tenor de lo previsto en el parágrafo único del artículo 357 del Código Penal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479,480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese con copia a la defensa la presente decisión. Regístrese, publíquese, notifíquese a todas las parte.....