En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia condenatoria dictada y publicada en fecha 29 de Junio de 2017, por el Tribunal Militar Cuarto de Control con sede en Macuto Estado Vargas, mediante la cual condenó al ciudadano SOLDADO. CARLOS LUIS ARTEAGA PARRA, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.325.969, por la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 570, en su numeral 1º y el delito de ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 537 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y CINCO (05) ME.....