/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2, 22, 43, 51, 257 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA La Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena como es la LIBERTAD CONDICIONAL, al penado DEIBIS JOSE CHIRINOS, hasta la fecha de cumplimiento de la pena y se le imponen las siguientes condiciones: 1.- No debe cambiar de residencia sin autorización del tribunal. 2.-Se debe mantener activo laboralmente. 3.-Debe reforzar vínculos afectivos y familiares. 4.- Debe recibir orientación Psicológica. 5.-Debe recibir control y de ser necesario tratamiento en la ONA. 6.- Se debe involucrar al grupo familiar en el proceso de reincersión social del penado. 7.- No debe poseer, ni portar armas de ninguna índole. 8.-Debe abstenerse de.....