DECLARA INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional en la modalidad de Hábeas Corpus, incoada por el Abogado ITALO ATENCIO MORA, defensor del ciudadano General de Brigada (GN) ALBERTO TAGUARI BETANCOURT NIEVES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.219.547, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Décimo Sexto de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui, en fecha 25 de abril de 2007, conforme al artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.