ESTE TRIBUNAL MILITAR PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, ACUERDA; PRIMERO: En cuanto a la solicitud para realizar estudios fuera de las instalaciones del Centro Nacional de Procesados Militares, SIN LUGAR. SEGUNDO: En cuanto a la solicitud de copias certificadas deberá coordinar con la secretaría de este despacho a fin de establecer el lugar y fecha para reproducir las actas que sean solicitadas en virtud de atender las medidas de seguridad para el traslado de las piezas solicitadas. TERCERO: Acuerda parcialmente con lugar la solicitud de autorización para realizarse exámenes médicos; debiendo establecer el Centro Nacional de Procesados Militares ante este Despacho: lugar, fecha y hora de su cita médica para evaluación cardiológica; para su posterior autorización al traslado respectivo. Así se Decide.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, remítase copia certificada del presente auto de corrección material. Cúmplase. Hágase como se Ordena.
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