En razón de todos y cada uno de los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara SIN LUGAR la recusación planteada por la abogada INÉS VIRGINIA ARANGUREN JIMÉNEZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana NANCY CONSUELO SÁNCHEZ TABOADA, parte demandada en el juicio principal de Guarda incoado en su contra, por el ciudadano LEONARDO ENMANUEL RIVAS BARROETA; en contra de la Dra. SARA EUNICE GUARDIA SOTO, en su carácter de Juez Unipersonal de la Sala de Juicio N° XII de este Circuito Judicial de Protección. En consecuencia, se impone a la profesional del derecho INÉS VIRGINIA ARANGUREN JIMÉNEZ, ya identificada, en su carácter de parte recusante, la mul.....