visto el tiempo transcurrido desde el 21 de enero de 2014, cuando se decretó la firmeza del aludido fallo, este Tribunal en aras de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, estima pertinente notificar a la contribuyente Distribuidora Syrana, C.A., en la persona de su representante legal y/o su apoderado judicial, a fin de advertirle que una vez que conste en autos la consignación de la correspondiente boleta que se libre al efecto, debidamente recibida, cuenta con un lapso de cinco (05) días continuos para dar cumplimiento voluntario a la Sentencia Definitiva Nº 061/2013, dictada por este Tribunal en fecha cinco (5) de noviembre de dos mil trece (2013). Así se establece. Líbrese boleta de notificación.-