Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 28 de enero de 2011, por la abogada ANABELLA CARVALLO CAPELLA, en su carácter de defensora de confianza del imputado FREDDY CASTILLO COLMENARES, contra la decisión dictada el de 21 de enero de 2011, por el Juzgado Segundo de Control Circunscripcional, que decretó medida de privación judicial preventiva de libertad contra el citado imputado de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en concordancia con el artículos 251, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículos 455 en concordancia con el artículo 83, ambos del Código Pena.....