Vista la redención por trabajo y estudio realizada por la Junta de Redención Laboral y Educativa de la Cárcel Nacional de Maracaibo, así como del estudio minucioso y exhaustivo de las Actas que lo acompañan, suscrito por los miembros de la referida junta, este Tribunal Militar pasa a efectuar el cómputo con redención de la pena al penado ADALBERTO ENRIQUE BARBOZA BALLESTA, titular de la cédula de identidad N° 12.948.414, de la forma siguiente: El penado ADALBERTO ENRIQUE BARBOZA BALLESTA, titular de la cédula de identidad N° 12.948.414, fue condenado a cumplir la pena de cuatro (4) años, dos (2) meses y veintisiete (27) días, por la comisión del delito de porte, posesión y ocultamiento de Armas de Guerra, ahora bien, consta en acta que el mencionado penado fue privado de su libertad desde el 01DIC2004 hasta el 17MAR2006, fecha en la cual se le otorga el beneficio de Trabajo Fuera del Establecimiento, por lo que permaneció privado de su libertad por un lapso de un (1) año, tres (3) mese.....