DECRETO: LA NULIDAD ABSOLUTA, de la sentencia impugnada, dictada en fecha veintiuno de agosto del año dos mil tres, por el Consejo de Guerra Permanente de Caracas, en funciones de juicio, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano Teniente (EJ) IRWIN SOTILLO PENOTT, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.379.062, de la comisión del Delito Militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENCIENTES DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL y el Delito común de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, de conformidad con lo previsto en los Artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, 49 y 26 primer párrafo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en consecuencia, se ordena al Consejo de Guerra Permanente de Caracas, la celebración de un nuevo juicio oral y público, dentro de los lapsos legales previstos a tal fin en el Código Orgánico Procesal Penal, por un juez distinto del que dictó la sentencia declarada nula, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 457 del .....