IV.- Dispositivo
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos LAURA MARGARITA CHIRINOS Y DAVID PASTOR POVEDA BUSTILLOS, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nos. V- 9.735.944 y V- 4.842.407, domiciliados en jurisdicción del municipio Maracaibo del estado Zulia, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha dos (02) de agosto de 1997, ante la Jefatura Civil de la Parroquia COQUIVACOA, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia del acta de Matrimonio Nº 368 con fundamento en el artículo 18.....