DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar innominada, efectuada por la parte actora, ciudadana GLADYS BALI ASAPCHI, quien actúa en su propio nombre y representación, en consecuencia, se suspende los efectos de la Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 14 de junio de 2008, registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 28 de julio de 2008, bajo el número 13, tomo 115-A-Pro.