Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECLARA INCOMPETENTE en virtud de la CUANTÍA para conocer de la presente acción por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento interpuesta por la ciudadana LUISA MORAIMA RIVAS OVIEDO, actuando en su propio nombre y en nombre y representación de su madre y hermanos, ciudadanos BERTHA ELISA OVIEDO DE RIVAS, CARMEN ZOLAIDA RIVAS OVIEDO, NANCY JOSEFINA RIVAS DE YEGUES, PETRA THAIS RIVAS DE ÁLVAREZ, ISMENIA ANTONIA RIVAS OVIEDO y PEDRO JULIAN RIVAS OVIEDO contra el ciudadano CIPRIANO BELLO BELLO, identificados anteriormente.
SEGUNDO: En consecuencia se plantea el conflicto negativo de competencia, y se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior Distribuidor de Turno, en lo Civil, Mercantil y .....