El Tribunal para pronunciarse observa:
CAPITULO I (AUTOS DEL PROCESO)
La prueba documental promovida por la contribuyente, identificada en el escrito de promoción de pruebas y consignada en el mismo, tal como se especifican a continuación:
1. Invocamos el merito favorable que se desprende de los autos del proceso y especialmente del cumulo de pruebas que fueron presentadas en sede administrativa, que sustentan los argumentos de hecho y derecho que fueron expuestos con claridad y amplitud.
2. Resolución de acta Reparo identificada con el N° SNAT/INTI/GRTI/CE/RC/DF/2019/IVA/0221-03 interpuesto ante la División de Tramitaciones de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la región Capital, en fecha 14 de febrero de 2020.
3. Adicionalmente la contribuyente EF EDUCACION IDIOMAS EN EL EXTERIOR, C.A asume el pago de las sanciones aplicables , sin dilación , de la Resolución conminatoria del Sumario y de las planillas de pago respectivas.
CAPITULO I I (DOCUMENT.....