D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL MILITAR DUODÉCIMO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por el PRIMER TENIENTE HERNÁN ANTONIO VILLEGAS GUIDIÑO, Fiscal Militar Trigésimo Segundo de Trujillo con Competencia Nacional, en contra del ciudadano EX CABO SEGUNDO JUAN CARLOS ARAUJO SUÁREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.945.507, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos del 222 Batallón de Infantería Motorizada "Coronel Luís María Rivas Dávila", como Autor en la comisión del Delito Militar de DESERCION, previsto en los artículos 523, 527 numeral 1º y sancionado en el artículo 528 del Código de Justicia Militar, de conformidad con lo establecido en el articulo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE PARCIALMERNTE las pruebas ofrecidas por la PRIMER TENIENTE HERNÁN ANTONIO .....