PRIMERO: Consumada de pleno derecho la PERENCIÓN ANUAL DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267, 268 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia; EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO INTIMATORIO), presentada el 08 de julio de 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipios del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano ROSO ANTONIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.359.316, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.375, actuando en su condición de endosatario en procuración, en contra del ciudadano DEIVY VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 15.929.568.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se establece el decaimiento del decreto cautelar de embargo provisional, dictado por este tribunal en el cuaderno de medi.....