Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara que NO HA LUGAR a la petición formulada por la parte accionante, alusiva a la medida cautelar de suspensión de los efectos de la ejecución de la sentencia dictada el 28 de septiembre de 2010 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de bolívares incoara la Sociedad Mercantil SEGUROS CORPORATIVOS C.A. en contra de los ciudadanos Gianni Mauricio Palazzese, Tómas Arturo Romero Hernández, Ana María Di Basilio de Palazzese, Verónica Lucia Aguilar de Romero y de la aquí accionante (Exp. N° AP11-M-2010-000333);
SEGUNDO: No se produce cond.....