"...Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Sexto (36) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana MARIA AUXILIADORA CALDERON MONTILVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 6.891.012.contra EDITORIAL REVISTAS BETTINA 2.000, C.A., PUBLICIDAD LA CALLE, C.A., DIARIO LA CALLE, C.A., THE STREET, C.A., JOSELIN BETTY RAMIREZ GUEDEZ, ALBERTO RAMIREZ GUEDEZ Y JOSÉ ENRIQUE RAMIREZ GALARRAGA. SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada pagar a la actora la cantidad de BOLIVARES NOVECIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 914.742,34), por los conceptos condenados en la parte motiva del presente fall.....