Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abg. Maryeri Montesinos, en su carácter de Fiscal Auxiliar 21 del Ministerio Publico del Estado Lara, contra la decisión dictada en fecha 19 de Julio de 2010 y fundamentada en fecha 22 de Julio de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual considero procedente revisar la medida de privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos Jesús Alberto Vargas Gutiérrez, Jorge Eduardo Giménez y Cesar Jesús Jiménez, sustituyéndola por la medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en la presentación periódica.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la Decisión del A quo y en consec.....