Por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo, este JUZGADO TRIGESIMO SEXTO (36°) DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS de esta misma Circunscripción Judicial, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la experticia realizada por el licenciado David Vecchione. En consecuencia este tribunal, declara por los motivos antes expuestos que deberá la parte demandada pagar a la parte actora la cantidad de BOLÍVARES OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 83.921,43). Visto que la presente decisión se dicta fuera de lapso, se ordena la notificación de las partes.