Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, decide: PRIMERO.- SE ORDENA al Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, admitir la demanda incoada por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO EL CARMEN contra INVERSIONES ALFACARMEN S.A., previamente identificados. SEGUNDO.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 22 de junio del 2011 por la abogada DAISY ROMERO MONTILLA en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto proferido por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la demanda incoada. TERCERO.- SE REVOCA el auto recurrido.
No hay especial condenatoria en las costas del recurso, dada la naturaleza de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente sentencia. Remítase.....