En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia condenatoria dictada y publicada en fecha 02 de Febrero de 2017, por el Tribunal Militar Tercero de Control con sede en Caracas, mediante la cual condenó al ciudadano: CABO PRIMERO BRAYAN ARGENIS MATERANO AGUIAR, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.407.477, por la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570, Numeral 1°, del Código Orgánico de Justicia Militar A TITULO DE AUTOR, condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, Y DOS (02) MESES DE PRISION más las penas accesorias de Ley, señaladas en el artículo 407 .....