Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL, CON SEDE EN GUASDUALITO, ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEYDECIDE:PRIMERO: Se declara la extinción de la acción penal en la causa seguida en contra del ciudadano YILMER MANUEL FLORES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.845.292, quien fueraInfante de Marina,plaza del Comando Fluvial Fronterizo "TN. Jacinto Muñoz", con sede en el Amparo, estado Apure, nacido el 10/11/1985, ultima residencia conocida en el Sector Manga del rio, Calle Principal, Diagonal a la Droguería RL12, casa Nº 10, Estado Apure.-por la presunta comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo 523, 527 numeral 1 y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 8 del Código Orgánico de Procesal Penal, y en consecuencia se Decreta el Sobreseimie.....