Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Decimosexto de Control con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR el presente acto como el acto formal de imputación, en contra del ciudadano S.2DO ERICK JESUS SALAS RIVAS, CI. Nº V- 23.997.629, por la presunta comisión del delito militar de ABANDONO DEL SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 534 y 537, con los agravantes establecidos en el artículo 402 numerales 2º,12º y 16º, todos del COJM, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 126 y 127 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CON LUGAR la CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídico previsto en el artículo 234 del COPP. TERCERO. CON LUGAR la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal .....