D I S P O S I T I V A.
Por las razones narradas con antelación, este Tribunal Militar Segundo de Control con Sede en Caracas, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN conforme a lo previsto en los Artículos 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y 436 Ordinal 4º del Código Orgánico de Justicia Militar y en consecuencia también DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, seguida al SOLDADO (AV) WILMER JOSE MUJICA MORALES, titular de la cedula de identidad Nº 15.255.531, quien fuera plaza del Grupo de Policía Aérea "Generalísimo Francisco de Miranda" ; por la presunta comisión del Delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los Artículos 523, 527 Ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, en consecuencia en su oportunidad legal, remítase la presente Causa a su archivo judicial, según .....