DISPOSITIVA
Con fuerza en los argumentos de hecho y de derecho antes expresados, ESTE TRIBUNAL MILITAR TERCERO DE CONTROL DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud efectuada por el representante del Ministerio Publico Militar y acogida por la Defensa Publica Militar, en relación a la imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a favor del ciudadano imputado S/2DO RODRIGUEZ MANUEL ANTONIO, titular de la cedula de identidad Nº V-19.761.795, quien fuera de la Guardia de Honor Presidencial, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito militar de DESERCION, previsto en el artículo 523 en su numeral 1º y 2º y sancionado en el artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, las medidas cautelares sustitutiva de libertad contenidas en los numerales 2º y 3º del artículo 242 del Código Orgánico Procesa.....