Por los argumentos de hecho y de derecho esgrimidos y analizados anteriormente este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: 1) DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos ST/2da (EJ) Hermes Pitter Ramos Meléndez, titular de la cédula de identidad No. 13.407.587, plaza del 131 Batallón de Infantería G/J "Manuel Carlos Piar", y contra los ciudadanos Antonio José Castillo Pineda y Orlando Jesús Chacón Peña, titulares de las cédula de identidad Nos. 10.208.118 y 15.341.812, respectivamente y se ordena su ingreso al Centro Nacional de Procesados Militares con sede en Ramo Verde, Los Teques, Estado Miranda. 2) DECRETA LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS en la persona de los ciudadanos: S/1ERO (EJ) Yldegard José Chabasquen Galindo, titular de la cédula de identidad No. 15.300.844, plaza d.....