Conforme con lo establecido en el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías a que se contrae la presente solicitud, a favor de la ciudadana YELITZA PASTORA SALAZAR DE CARDOZO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.318.716. Así se decide.-