PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta en fecha 18 de octubre de 2005, por el abogado Antonio Melone Cesarini, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 26 de julio de 2005, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Con lugar la demanda de nulidad de contrato de arrendamiento, incoada por Shell Venezuela Productos, C.A., contra la sociedad mercantil Parque Ferial Agroindustrial Pedro Rafael Trias, C.A.
TERCERO: Nulo, por imposibilidad de realización del objeto, el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 15 de mayo de 1998, por Shell Venezuela Productos, C.A., y Parque Ferial Agroindustrial Pedro Rafael Trias, C.A.
CUARTO: Se condena a la parte demandada a devolver a la parte actora, la cantidad de doscientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US $. 200.000,oo), dados por la actora a la demandada, por .....