DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA INADMISIBLE el recurso de control de legalidad interpuesto por el abogado JESÚS LEONARDO ARCHILA MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.147.188, inscrito en el IPSA bajo el Nº 47.717, en su condición de defensor privado del ciudadano Mayor WILSON ARTURO MORENO CUADRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.195.193.
Regístrese, publíquese, notifíquese, expídase la copia certificada de ley.
LA JUEZ MILITAR,
LISBETH M. NIETO ZAMBRANO
CAPITAN
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